A partir del 30/01/2025, según la Disposición 166/2025 de Migraciones, las aerolíneas y transportistas ya no solicitarán ciertos documentos para salir del país.
¿Qué cambia?
Las aerolíneas y empresas de transporte ya no tendrán obligación de exigir ni controlar la documentación de los pasajeros, sobre todo en lo que hace a la autorización de viaje de los menores. Todo control migratorio de la documentación —adultos y menores— se llevará a cabo solamente por los funcionarios de migraciones en el momento de perfeccionarse el movimiento migratorio.
Es clave que los agentes de viajes informen a los pasajeros que aún pasado el control para embarque ante el transportista, si la autoridad migratoria denegara al viajero la salida del territorio nacional por no tener o llevar incompleta la documentación correspondiente, la consecuencia directa será que el pasajero será considerado NO SHOW y no podrá gestionar modificaciones o cambios en su reserva ni reembolso del valor del pasaje.
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